¿Qué tengo que hacer si han okupado mi casa?

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okupacion de viviendas en Salamanca

Son muchas las preguntas que a diario las personas se hacen con respecto a este tema. Los dueños de las viviendas no siempre saben cómo actuar ante un tema que no cesa ni se dan soluciones suficientes. ¿Sabes qué hacer cuando tu casa está ocupada? ¿Qué debes hacer cuando llegas a casa y está okupada? ¿Sucede lo mismo en su lugar de residencia habitual que en su residencia secundaria? ¿A quién debe llamar primero? ¿A la policía o al juzgado? ¿Le costará dinero recuperar su casa? ¿Y cuánto tiempo hay que esperar? Tantas incógnitas que se convierten en miedo cuando te ves envuelto en un episodio de estas características.

Allanamiento de morada

El delito de allanamiento de morada se rige por el artículo 202.1 del Código Penal, que establece que “la persona que, sin residir en ella, entrare en casa ajena o permaneciera en ella contra la voluntad de su ocupante, será sancionada con pena privativa de libertad de seis meses a dos años.

La pena se incrementará en los casos de violencia o intimidación, de uno a cuatro años de prisión y multa de seis a 12 meses. En estos casos, el derecho protegido es el derecho a la intimidad del domicilio y no el derecho a la propiedad. Por ello, ya puede intervenir para desalojar del alojamiento e iniciar el preceptivo proceso penal».

Delito de usurpación

Se rige por el artículo 245.2 del Código Penal y su definición es muy clara: “El que, sin permiso, ocupa o reside en un terreno, vivienda o edificio ajeno que no constituye vivienda, o se aloja en él contra la voluntad de su propietario , será sancionado con multa de tres a seis meses«.

La definición lo dice todo: No puede ser un hogar. Si es una casa, nos enfrentamos a un allanamiento, la policía puede intervenir para desalojar a cualquiera que esté en la casa, y la pena es la cárcel. Si, por el contrario, se ocupa un inmueble que no es vivienda, el desalojo sólo puede efectuarse con mandato judicial preceptivo y la sanción prevista es la de multa.

El bien jurídico protegido en la usurpación no es la intimidad de la vivienda (porque el inmueble habitado no es una vivienda), sino el derecho real. El que se ha mudado a un edificio en el que no ha vivido nadie se convierte (extrajudicialmente) en nuevo ocupante de la vivienda y sólo puede ser desalojado de la vivienda por orden judicial, sin perjuicio de que pueda responder posteriormente de los daños y perjuicios.

¿Y las segundas residencias?

Una vez definidos los dos términos, uno se pregunta si puede haber un robo en una segunda vivienda. La doctrina actual todavía tiende a considerar las segundas residencias como viviendas a efectos de protección jurídica, siempre que se cumplan una serie de condiciones de habitabilidad. Por tanto, no es necesario residir habitualmente en él para cometer un delito de allanamiento.

Según la sentencia del TS, una vivienda que la víctima “también habite ocasionalmente, que esté amueblada y tenga luz, agua y gas registrados como servicios esenciales que demuestre que se trata de una vivienda de uso ordinario que no está deshabitada”.

El término “vivienda” ha sido ampliado por el juzgado, aumentando la protección jurídica de este tipo de viviendas, en las que normalmente no habitan sus propietarios. En las definiciones del Tribunal de Gran Instancia, se considera vivienda «el espacio cerrado en el que la persona pernocta y en el que se guardan sus efectos personales».

Es importante señalar en este punto la distinción que la ley establece entre allanamiento de morada y robo de bienes. Se trata de dos delitos claramente diferentes según cómo se cometieron, el tipo de activos a los que tuvieron acceso y si fue con fines de lucro o simplemente para desarrollar el derecho a la privacidad.

¿Cómo actuar ante una okupación?

Hay tres niveles de actuación: avisar a la policía, presentar una denuncia y llamar a un abogado. Una vez que el propietario se da cuenta de que ha entrado en su casa, el primer paso es llamar a la policía para que acuda rápidamente al lugar. En algunos casos, la policía puede deportarlos inmediatamente bajo el amparo del delito flagrante: “Se considera flagrante el delito que está en curso o acaba de cometerse cuando se captura al infractor”, como dice el refrán. Por esta razón, si el ocupante ilegal es sorprendido en el acto, la policía puede echarlo y arrestarlo en el acto. El problema es que los propietarios de la casa suelen enterarse a los pocos días de que ha sufrido una ocupación ilegal.

Si los agentes no han conseguido sacar a los ocupantes ilegales en flagrancia, es necesario dar parte inmediatamente a la policía para que acrediten quién es el verdadero propietario y ocupante de la vivienda mediante el documento de identidad o incluso el certificado de registro.

Si ya han pasado más de 48 horas desde que se produjo la ocupación ilegal, la mejor solución es ponerse en contacto con un abogado. En este caso, existen dos formas de desalojar a los okupas: Si la okupa es tu vivienda habitual y presentas la denuncia inmediatamente, puedes optar por el procedimiento penal que te resulte más rápido. Sin embargo, para el resto de los casos es preferible pasar por la vía civil, que es mucho más lenta que la vía penal.

¿Qué se puede hacer para evitar estos robos?

Medidas como no dejar las llaves en el buzón ni en el felpudo, revisar el correo con frecuencia y limpiar la puerta de posibles marcas o pintadas siguen siendo las principales recomendaciones más eficaces. Reemplazar la puerta o la cerradura si es vieja o si te mudaste recientemente puede aliviar tus inseguridades al asegurarte de que solo serás tú el que tenga ese juego de llaves. Eso sí, no dudes en llamar a la policía si es necesario o si hay indicios de que esto podría pasar en tu casa. Instalar una alarma anti okupa es fundamental hoy en día para proteger tu hogar y a tus seres queridos, ya que la forma más eficaz de disuadirlos es dejarlos pasar cuando vean un cartel de seguridad en tu puerta. ¿Te ha pasado alguna vez?

Autor

Equipo de redacción de NOTICIAS Salamanca. Tu diario online. Actualizado las 24 horas del día. Las últimas noticias y novedades de Salamanca y provincia.