• La Asociación de Empresas Siderúrgicas y Primera Transformación ha elevado ya una queja formal con los resultados del documento al departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Tributaria.
• Ratifica las denuncias de UNESID relativas a la entrada de tubos y perfiles para instalaciones de energía fotovoltaica, desde fuera de la Unión Europea, que
incumplen la normativa aduanera y no pagan derechos de salvaguardia.
• Las estimaciones de materiales que han entrado en España de manera irregular ascienden a 27.000 toneladas en el primer cuatrimestre del año.
La Unión de Empresas Siderúrgicas ha recibido ya los resultados del informe jurídico relativo a la situación actual del fraude sobre las importaciones de tubos soldados de acero. La firma Andersen Tax & Legal, autora del documento, ha confirmado que numerosos materiales que llegan desde fuera de la Unión Europea para instalaciones de energía fotovoltaica se declaran incorrectamente como estructuras solares coincidiendo con las evidencias aportadas por UNESID. El informe confirma este incumplimiento de la normativa aduanera vigente, que UNESID viene denunciando ya desde hace meses, así como que las empresas que incurren en esta práctica evitan el pago de los derechos de salvaguardia que están
establecidos por la Comisión Europea desde 2018.
En este informe se recopilan los distintos argumentos que avalan las denuncias de UNESID relativas a que realizar algunas perforaciones en las piezas es un engaño manifiesto para
declararlos como estructuras solares y evitar así el pago de impuestos que ascienden al 25% del valor de la mercancía.
Del mismo modo se recogen algunos argumentos jurídicos que confirman dicho fraude, como que en las notas de la Nomenclatura Combinada “la definición de tubos de otros metales (cobre, zinc, aluminio, plomo, etc.) prevé que estos productos puedan estar taladrados sin perder la condición de tubo”, así como otros argumentos que aplican sobre el reglamento del arancel que afecta a estas importaciones.
Por otra parte, los abogados autores del informe confirman haber encontrado jurisprudencia comunitaria relativa a que el criterio de que debe imperar en la clasificación arancelaria es el
relativo a las características objetivas del producto de acuerdo con el texto de las partidas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea, y aseguran que, en este caso, “la definición de la partida 73066192 (tubos) define características objetivas, mientras que la 73089098 (estructuras) solo utiliza el destino preparados para la construcción”.
Próximas acciones
A la vista de las evidencias y de los diferentes argumentos jurídicos aportados por el informe, UNESID ha elevado ya una queja formal con los resultados del documento al departamento de
Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Tributaria. Del mismo modo, ha anunciado que se mantendrán contactos en España con las autoridades competentes de Comercio e Industria, y también con sus homólogos en la Comisión Europea, incluyendo también la Oficina Europea de la Lucha Contra el Fraude (OLAF). En estos documentos UNESID solicita que se tengan en consideración las posibles actuaciones por parte de las autoridades aduaneras para unificar el criterio de clasificación de este tipo de tubos y hacer valer la salvaguardia aprobada por la Comisión para proteger la economía de la Unión y en especial, el sector siderúrgico interior.
Así, proponen las siguientes actuaciones:
1. Que se revisen las Informaciones Arancelarias Vinculantes (IAVs) que clasifican las mercancías objeto de controversia en la subpartida 7308.90.98, de acuerdo con el
procedimiento recogido en el artículo 34, apartado 4 y 5 del Código Aduanero de la Unión (CAU).
2. Que en caso de recibirse nuevas solicitudes de IAVs para estos mismos productos se tenga en consideración un criterio uniforme teniendo en cuenta los antecedentes y la
situación anteriormente descrita.
3. Que se establezcan los filtros aduaneros pertinentes para controlar la importación de las mercancías en cuestión con origen de fuera de la UE, a fin de verificar que tanto su
clasificación arancelaria como el valor en aduanas se está declarando correctamente, de acuerdo con la normativa comunitaria y jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión
Europea expuesta en el citado informe.
Operaciones de importación sospechosas
Según describen las estadísticas de comercio exterior publicadas por la Agencia Tributaria, en
los cuatro primeros meses de 2024 se han importado desde China materiales a un precio medio
de 952 €/t, sin valor añadido adicional al de los tubos, que alcanzan 27.000 toneladas en 192
operaciones. Estimamos un valor total de 26 millones de euros.
Sobre UNESID
La Unión de Empresas Siderúrgicas es la asociación de las empresas productoras de acero y de productos de primera transformación del
acero de España. Está integrada por 46 empresas, que emplean directa e indirectamente a unas 60.000 personas, y el sector factura en
su conjunto casi 15.000 millones de euros.
La industria siderúrgica es la base de la cadena de valor metal-mecánica y de la construcción. Los automóviles, todo tipo de maquinarias
y las infraestructuras, entre otros, tienen en el acero un componente fundamental. La siderurgia española produce unos 11,4 millones de
toneladas de acero al año y exporta 7,6 millones.
Cada tonelada producida conlleva 7 euros en inversiones medioambientales. La industria siderúrgica española es líder en reciclaje al
convertir unos 9,3 millones de toneladas de chatarra en nuevos aceros cada año. Además, realiza un uso eficiente de los recursos al
aprovechar casi el 80% de los residuos y subproductos que genera en el proceso, con una ratio de recirculación de agua superior al 90%.
La siderurgia es el paradigma de la economía circular.
Seguridad laboral, innovación, eficiencia y sostenibilidad son principios que rigen la estrategia del sector, que se reconoce como un actor
fundamental de la nueva economía verde y que trabaja intensamente en conseguir la descarbonización de la industria.
Para más información, visite www.unesid.org