- Mientras que antes de la Covid-19 las compañías optaban por ofrecer planes especiales a los clientes para afrontar la deuda de manera desahogada, la situación económica actual cambia las reglas de juego.
Diez años después de que se aprobase la Directiva Europea de Lucha contra la Morosidad, cada vez son más las empresas que ejercen sus derechos en cuanto al cobro o reclamación de facturas impagadas a clientes. Mientras que antes de la pandemia las compañías eran más laxas cuando se les pedía plazos de pago más largos, optando por ofrecer planes especiales para hacer frente a la deuda de manera desahogada, la presión de la situación económica actual está cambiando las reglas de juego.
Y es que, ahora, uno de los objetivos principales del tejido empresarial es evitar problemas inmediatos de liquidez e, incluso, salvaguardar la supervivencia del negocio en los casos más extremos. Por ello, tal y como muestran los últimos datos del Informe Europeo de Pagos de Intrum, compañía líder en gestión y prevención de impagos, casi 6 de cada 10 compañías españolas reconocen aceptar plazos de pago más largos, aunque añaden un recargo a la factura.
Cabe recordar que la mencionada directiva establece, entre otras cosas, que todo retraso en el pago de las facturas una vez vencido el plazo contractual dará derecho a los acreedores a reclamar y percibir intereses de demora como compensación. Aunque esta disposición se aplica a todos los países europeos, según el estudio de Intrum, realizado a 10.000 empresas, tan solo el 42% de las entidades comunitarias analizadas utiliza este recurso en alguna ocasión.
De hecho, de los 29 países analizados, España es el segundo que más aplica el derecho a pedir intereses a la hora de aceptar plazos de pago más largos, por encima de grandes economías como como Alemania (55%) o Francia (42%).