Vuelos cancelados en el aeropuerto de Bruselas

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Un ciberataque durante la noche del pasado viernes, 21 de septiembre, obligaba al aeropuerto de Bruselas, principalmente, a retrasar y cancelar decenas de vuelos durante el fin de semana, con las colas y la aglomeración de pasajeros afectados que eso supone.

Ante este tipo de incidencias generalizadas, que afectan a más de una aerolínea (y a más de un aeropuerto), es recomendable asesorarse sobre los derechos de los pasajeros aéreos, por ejemplo, con AirHelp y otras empresas expertas del sector, para saber si es posible presentar una reclamación por vuelo cancelado a Ryanair, Iberia o la aerolínea en cuestión, y es que el hecho de que una incidencia afecte a más de una compañía es relevante para saber si corresponde o no reclamar.

Varios aeropuertos afectados por un ciberataque

El ciberataque, concretamente, fue dirigido contra la empresa Collins Aerospace, encargada de la gestión del servicio de facturación y embarque en el aeropuerto de Bruselas, entre otros.

Por eso, el ataque no solo supuso que durante el fin de semana siguiente tuvieran que realizarse estas gestiones de facturación y embarque de forma manual, con los correspondientes retrasos y cancelaciones, sino que posiblemente también se vieron afectados los datos de centenares de pasajeros.

Aparte del aeropuerto de Bruselas, donde tuvieron que cancelarse la mitad de los vuelos programados para el domingo siguiente, otros aeropuertos europeos también se vieron afectados, como el de Heathrow, en Londres, y el de Brandeburgo, en Berlín. En ellos también se sufrió el retraso o la cancelación de algunos vuelos durante el fin de semana.

En España, ninguno de sus aeropuertos se vio perjudicado por este ciberataque, tan solo un vuelo entre Bruselas y Madrid sufrió un retraso.

Derechos de los pasajeros aéreos

En caso de vuelo retrasado o cancelado en un aeropuerto de la Unión Europea, la ley aplicable es el Reglamento (CE) 261, que recoge los derechos de los pasajeros aéreos ante estos tipos de incidencias.

Esta ley estipula una serie de requisitos para que los afectados puedan presentar una reclamación aérea y recibir una indemnización por vuelo cancelado o retrasado:

  • Por lo que respecta a los vuelos retrasados, es necesario que el retraso sea de mínimo tres horas (de momento, pues está pendiente de aumentarse) y que la causa dependa de la aerolínea.
  • En el caso de los vuelos cancelados, ocurre lo mismo con la causa, y además debe haber una antelación inferior a los catorce días en la notificación de la incidencia y una diferencia de horas mínima entre el vuelo cancelado y el alternativo.

Solo cuando se den todos esos requisitos los afectados podrán reclamar la compensación económica, cuyos importes también vienen fijados en la ley y van de los 125 a los 600 euros para los vuelos cancelados, y de los 250 a los 600 euros para los vuelos retrasados en un aeropuerto de la Unión Europea.

Las causas de la incidencia, claves para la reclamación

Es en este punto en el que, cuando una incidencia es general y afecta a varias aerolíneas y aeropuertos, puede ser señal de que no será posible reclamar, y es que, como hemos dicho, la normativa europea exige que, para poder recibir la indemnización correspondiente, la compañía aérea debe ser la responsable de la causa de la cancelación o el retraso, algo que difícilmente ocurre cuando son generalizados.

Este tipo de incidencias ocurre, por ejemplo, debido a condiciones meteorológicas adversas o por huelga de controladores aéreos, causas que afectan en general a todos los vuelos y no concretamente a una sola compañía aérea.

Estas causas que afectan de forma más general se conocen como “circunstancias extraordinarias” y no obligan a las aerolíneas a indemnizar a sus pasajeros por las posibles afectaciones que puedan provocar. Además, estas suelen ser muy comunes y son las responsables de muchos de los retrasos y cancelaciones en los aeropuertos europeos.

Así las cosas, los vuelos retrasados y cancelados durante el penúltimo fin de semana de septiembre a causa del ataque cibernético a la empresa de facturación y embarque no podrán ser reclamados para recibir una indemnización.

En caso de duda, sin embargo, siempre es recomendable buscar ayuda de la mano de expertos en los derechos de los pasajeros aéreos.