PBPCyL: Comunicación en relación a la sentencia que anula el plan sectorial

- en Castilla y León

Tras la aprobación unilateral de un Plan sectorial de Bomberos presentado por la Consejería de Fomento con su Consejero al frente, sin tener en cuenta el informe del Consejo Consultivo de CYL, sus propios servicios jurídicos ni a los propios agentes sociales representantes de los profesionales a los que ocultó el texto definitivo hasta su publicación pese a haber sido solicitarlo en varias ocasiones para su estudio, la PBPCyL en defensa de los derechos de los Cuerpos de Bomberos profesionales y de la propia ciudadanía, en base a un servicio de primera que se merece, se vio en la obligación de llevarlo a los tribunales.

Son varios los puntos por los que se ha anulado, en su totalidad, este Plan Sectorial que lejos de cumplir con las leyes y de mejorar los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento, precariza éstos y daña los intereses de administraciones locales de menor rango como son las diputaciones y ayuntamientos.

¿POR QUÉ SE ANULA EL PLAN SECTORIAL?

Lo podemos resumir en tres razones fundamentales:

Por INSEGURIDAD JURÍDICA:

Se supone, que las leyes están para dejar las normas de funcionamiento, las obligaciones de los actores y en general todos los aspectos fundamentales del ámbito al que se refiere la norma, claramente definidos. Pero este decreto no lo hace. No define, siquiera, algo tan importante como los conceptos de «interviniente» o «turno», además de cambiarles por los que debieran ser, bombero y dotación.

Infringe según sentencia, el art 9.3 de la Constitución Española.

Por INDEFINICIÓN PRESUPUESTARIA:

El legislador (es este caso las cortes de CYL) está obligado a valorar el impacto económico sobre el resto de administraciones a las que «obliga» su plan, y no lo hace. Se puede resumir mucho y permitiéndonos la licencia con que la actitud del legislador en este caso es un «Yo invito, tú pagas».

Dice la sentencia que no cumple las exigencias legales de la Ley 39/2015 art 129.7 ni la Ley 2/2012 art 7.3

APLICACIÓN DEL PLAN EN SENTIDO CONTRARIONos explicamos, si diseñas un plan donde prevalece la coordinación y el apoyo entre los parques de bomberos profesionales y a su vez en que los voluntarios de extinción apoyen a los primeros, NO PUEDES dar lugar a que sean los voluntarios los principales «actuantes» y finalmente los profesionales los que apoyen y colaboren con los voluntarios.

Todas las primeras respuestas a siniestros tienen que ser atendidas en el tiempo de respuesta que fija el propio Plan por profesionales. Cuestión distinta es que los voluntarios además puedan colaborar con los Servicios Esenciales bajo la dirección, control y supervisión de los primeros.

Incumple, siempre según reza la sentencia, varios art. de la Ley 45/2015 y otros de la Ley 8/2006 esta última de Castilla y León.

ERROR EN LA CATALOGACIÓN DE PARQUES

Se da el caso que el Plan llega a omitir (no sabemos con qué intención) uno de los parques de Bomberos más importante de la Comunidad, como es el S.E.I.S del Ayto de Salamanca, Parque Tipo 1 por la propia definición del Plan Sectorial como municipio de más de 20000 hab., con todos sus miembros agentes funcionarios y marcan, con cierto empaque, al Parque de Villares de la Reina, municipio de Salamanca con unos 6600 hab. y al que corresponde una catalogación de Parque Tipo 2, que además corresponde a una contrata con una empresa privada en la que sus trabajadores aún siendo profesionales, no son agentes de autoridad y por tanto incumpliendo no sólo la ley si no también otra de las sentencias ganadas en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León por la PBCyL.

En definitiva un Plan Sectorial anulado en su totalidad por incumplimiento de numerosas leyes ni la atención suscrita por su propio Consejo Consultivo ni sus servicios jurídicos.

¿Qué va a pasar ahora? ¿Qué consecuencias puede tener una anulación definitiva?

Pues sin ser juristas y en tanto, como la propia Junta de Castilla y León anuncia, la sentencia no es firme y aún cabe recurso al Tribunal Supremo donde decidirán si admiten el recurso o confirman la firmeza de la sentencia directamente desde la PBPCyL seremos pacientes y observadores de lo que suceda y con todo, seremos respetuosos.

Respetaremos el derecho de la Junta de Castilla y león en cuanto a su derecho a recurso, pero de momento, nos congratulamos con la sentencia dictada por el máximo organismo jurídico en nuestra Autonomía porque por el momento demuestra lo que llevamos denunciando años:

Los únicos bomberos deben ser funcionarios y agentes de autoridad y serán los únicos que puedan conformar los SPEIS (Cuerpos de Bomberos).

Ni voluntarios, ni privados pueden sustituir a los profesionales de las administraciones públicas.

Recordemos además, que son tres los denunciantes (PBPCyL, UGT y CSIF) y tres las sentencias, todas ellas condenatorias a la Junta, anulando de facto el Plan Sectorial.

Si la actitud del legislador es prepotente y como parece tozuda, no acepta aportaciones de los agentes sociales ni de los profesionales del ámbito que pretende legislar, es lógico que deba asumir toda la responsabilidad. En política, donde se supone que se está, en base a una vocación de servicio público a la sociedad, lo normal sería que quien ha optado por esa estrategia errónea, en este caso el consejero de Medio Ambiente, dimitiera y dejara paso a otros más capaces o con otros intereses para empezar a escuchar y acordar soluciones.

Y el Presidente de la Junta, que le otorgó su confianza, debería dar las explicaciones que correspondan, al resto de partidos del Hemiciclo y públicamente a la ciudadanía de Castilla y León y, en todo caso, cesar de manera inmediata al Consejero titular.

Si además vinculan en cuanto al reparto de Fondos Europeos, que suponen mucho dinero para las Administraciones locales de Castilla y León para inversiones en materia de Servicios de Prevención de Extinción de Incendios y Salvamento (Bomberos) a este Plan Sectorial, sesgado y falto de rigor jurídico, recordemos el «olvido» de un Parque de una capital de provincia, se tiene que ser consciente de estar privando a este municipio de ayudas europeas, pues aparentemente, se tienen dos opciones:

O rezar para que su recurso sea admitido a trámite y tenido en cuenta (poco plausible en nuestra opinión) o cambian de actitud, dialogando, acordando y pactando soluciones con las fuerzas políticas de nuestras Cortes y teniendo en cuenta también a los agentes implicados en la materia para encontrar la mejor solución teniendo en cuenta los derechos de los ciudadanos de Castilla y León.

Firmado: PLATAFORMA DE BOMBEROS PROFESIONALES DE CASTILLA Y LEÓN (PBPCYL