Obligaciones laborales de las empresas que cuenten a su cargo con trabajadores

- en Empresas
empleo. paro trabajo trabajadores
  • Las altas de trabajadores son previas, antes del inicio de la jornada de trabajo.
  • Las bajas de trabajadores son en los dos días posteriores a la fecha efectos.
  • Entrega del contrato de trabajo, firmado por la empresa.
  • Entrega de las nóminas mensuales.
  • Registro de jornada diario, es obligatorio realizar este registro diariamente.
  • Calendario laboral expuesto en el centro de trabajo.
  • Prohibición de realizar pagos de nóminas en efectivo cuando el importe de la nómina sea superior a 1.000 €.
  • Realizar los ingresos de los embargos en tiempo y forma, bajo riesgo de sanción por parte de la Inspección de Trabajo.
  • Notificar a la asesoría de los accidentes laborales sin baja, así como los accidentes laborales con baja, bajo riesgo de sanción por parte de la Mutua.
  • Tener seguro de convenio colectivo, en caso de accidente el responsable del pago será el empresario y no la compañía aseguradora.
  • Tener contratada la Protección de Datos, se realiza con una empresa externa.
  • Tener un Plan de Prevención de riesgos laborales, no mutua, entrega de formación a los trabajadores y reconocimientos médicos.
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