Tests realizados por personal sanitario no cualificado según la Sección Sindical de Sanidad de C.G.T.

- en Salud
test antigenos covida

La Sección Sindical de Sanidad de C.G.T. en el Complejo Asistencial Universitario de Salamanca, ha tenido conocimiento de que los test masivos de antígenos que se están realizando desde primeros de año en la comunidad autónoma y en particular en nuestra provincia, se están realizando por personal sanitario no cualificado para ello, perteneciente a la empresa externa. En concreto en nuestra provincia están realizando las pruebas, personal sanitario no cualificado (técnico en cuidados auxiliares de enfermería, “TCAE”).

Esto por supuesto contraviene la normativa europea y española, reflejada en la Ley General de Sanidad, la Ley de Garantías y Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios y la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias. Además de en la “COMMISSION RECOMMENDATION of 28.10.2020 on COVID-19 testing strategies, including the use of rapid antigen tests” y su continuación “COMMISSION RECOMMENDATION of 18.11.2020 on the use of rapid antigen tests for the diagnosis of SARS-CoV-2 infection”, que indican que los test, reactivos, productos, materiales, instrumentos, etc. utilizados para la realización de pruebas diagnósticas para detectar la infección por SARS-CoV-2 están considerados productos sanitarios de diagnóstico “in vitro” y por lo tanto deben realizarse por personal sanitario cualificado, del ámbito de la enfermería o la medicina, único personal legalmente cualificado y habilitado para ello. Una mala praxis en la realización de este tipo de test, puede dar lugar a mucho más que probables diagnósticos erróneos. De hecho, se ha observado que la tasa de positivos es mayor cuando es realizada por personal cualificado que cuando se realiza por estos profesionales.

Todo ello debe tener como fin proteger y garantizar la seguridad asistencial de la población. En caso de hacer caso omiso a esta denuncia, se estaría incurriendo en un intrusismo profesional flagrante que la Consejería de Sanidad y su consejero, D. Alejandro Vázquez Ramos, no sólo ha autorizado, sino que sigue permitiendo a día de hoy.

Por otro lado, la normativa actual recoge que el resultado de estas pruebas debe figurar en la historia clínica del paciente, a la cual no puede ni debe tener acceso personal de una empresa privada, ni en su totalidad ni en parte y aunque ellos vuelquen en el programa Jimena los datos de los test sin tener acceso a su información, ya son conocedores del diagnóstico de cada uno de esos pacientes, el cual ya forma parte de su historia clínica.

Autor

Equipo de redacción de NOTICIAS Salamanca. Tu diario online. Actualizado las 24 horas del día. Las últimas noticias y novedades de Salamanca y provincia.