Me llamo María Francisca Hernández Diez y soy funcionaria del Cuerpo Administrativo de la Universidad de Salamanca, en estos momentos ocupo el puesto de Secretaria Administrativa del Departamento de Derecho Administrativo, Financiero y Procesal de la Facultad de Derecho, es decir estoy en el Departamento del Rector, D. Ricardo Rivero Ortega.
En este mes de marzo solicité continuar con el procedimiento de teletrabajo que venía desarrollando desde septiembre del 2020, y a pesar de contar con el informe favorable del Director de mi Departamento, D. Marcos Matías Fernando Pablo me encontré con la sorpresa de que la resolución del Gerente de la Usal, D. Ricardo López Fernández, fue denegatoria de mi solicitud, (hago el inciso de que la sorpresa vino por dos motivos, el primero la denegación y el segundo comprobar la falta de motivación de la solicitud y el hecho de que ésta fuera defectuosa al carecer de lo que se denomina «pie de recurso», lo cual es algo lamentable viniendo de un Gerente de la Usal), por lo que presenté recurso contencioso administrativo en el Juzgado nº 1 de Salamanca.
La semana pasada, concretamente el día 14 de noviembre, recibí el comunicado del Juez de dicho Juzgado, D. Mateos Jonathan Justicia Cuevas estimando en su totalidad mi solicitud de teletrabajo en la sentencia número 207/22, condenando en costas procesales a la Universidad de Salamanca.
Firmado: María Francisca Hernández Diez